DERECHOS Y DEBERES DEL PACIENTE

La carta Derechos y Deberes del Paciente establecida por Servicios de Salud UNLAB S.A.S, reglamenta la relación entre la Institución y sus usuarios y está inspirada en los principios de dignidad de las personas, de intimidad, de no discriminación, de seguridad y de respeto a la autonomía de los pacientes.

En relación de igualdad en el ámbito internacional existen: la Declaración Universal de los Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948, el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales del 4 de noviembre de 1950.

En el plano nacional estos deberes y derechos se advierten en la ley 100 de 1993 y la resolución 13437 de 1991 del Ministerio de Salud, hoy Ministerio de la Protección Social, respectivamente.

Derechos

Relacionados con su intimidad y autonomía:

  • A no ser discriminado por aspectos raciales, de género, de credos políticos y religiosos, económicos, culturales, edad o su propia situación de salud.
  • A la mayor privacidad física posible, durante su atención.
  • A la confidencialidad de su información y la guarda del secreto profesional dentro del marco ético y legal vigente.
  • A un trato amable y cortes.
  • A ser identificado por su nombre
  • A que sus sentimientos sean respetados y no vulnerados
  • Al respeto por sus creencias (culturales y religiosas)
  • A prácticas culturales que no interfieran con la marcha correcta de la institución y de los demás pacientes.
  • A manifestar su voluntad y consentimiento para aceptar y participar en su proceso de atención.
  • A que se le tengan en cuenta las restricciones de atención por él manifestadas y que le sean aceptadas.
  • A designar sus representantes para que conozcan la información relativa a su situación y expresen el consentimiento por él, si fuere necesario.
  • A ser informado sobre los costos económicos de su atención.

Relacionados con la investigación:

  • A no ser sujeto de una investigación experimental sin que ésta haya sido aprobada por la institución y sin su plena información y libre consentimiento.
  • A retirarse en cualquier momento, de ser o hacer parte de una investigación, sin sufrir represalias.
  • A recibir información sobre algún riesgo que se detecte durante la fase de investigación y a recibir la atención oportuna e idónea para prevenir cualquier daño o corregir el que se haya podido causar.
  • A no incurrir en costos económicos adicionales a los pertinentes para su situación clínica, por participar en una investigación.
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Relacionados con la seguridad física:

  • A que se le proporcionen los medios adecuados y disponibles para evitar el daño a su integridad física y la pérdida o deterioro de sus pertenencias.

Relacionados con su situación clínica y seguridad social:

  • A ser atendido por personal idóneo, con los suficientes conocimientos y destrezas.
  • A recibir atención en forma oportuna y de acuerdo con los compromisos asumidos por la institución.
  • A ser referido a los profesionales o entidades que puedan atenderlo correctamente, cuando la institución no disponga de los medios indispensables para ello, o por razones administrativas.
  • A los reconocimientos económicos de acuerdo con las coberturas de la Seguridad Social y los planes adicionales que acredite.
  • A recibir información sobre el Sistema de Seguridad Social, especialmente en lo que se refiere a su situación particular.
  • A que se le elabore y conserven los registros de las pruebas realizadas en forma íntegra, veraz y legible, como instrumento para coordinar, facilitar y evaluar su atención.
  • A la custodia de todos sus registros y exámenes y a que la información allí consignada no sea conocida por terceros, dentro del respeto de las normas éticas, legales y administrativas.
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Deberes

Los seres humanos nos caracterizamos entre otras cosas, por la necesidad que tenemos los unos de los otros, por el hecho de que “no es posible un yo, sin un tú”, por las relaciones recíprocas; por ello los derechos de cada quien conllevan deberes para con los demás. Aunque es fundamental y absolutamente necesaria la protección de los seres humanos más débiles por la vía del reconocimiento de sus derechos, ello no necesariamente implica que quien es sujeto de derechos está exento de responsabilidades y nada tenga que aportar a la relación; con las demás personas e instituciones en el peor de los casos, debe al menos cumplir con el deber de facilitar el reconocimiento de sus derechos. Los seres humanos, en la mayoría de las situaciones estamos en capacidad de cumplir unos deberes, como corresponsabilidad al reconocimiento de nuestros derechos. Dicho de otra manera, las situaciones donde un ser humano sólo es sujeto de derechos más no de deberes, son excepcionales y muy concretas, como en el caso de los menores de edad, los inconscientes, los incapaces mentales y los no nacidos en gestación.

Por lo anterior, Servicios de Salud UNLAB S.A.S, respetuosamente convoca a sus pacientes, familiares y allegados de los mismos y a todos los usuarios de sus servicios para que tengan presentes sus deberes y los observen en su comportamiento frente a la institución que, así como los derechos les son reconocidos por el laboratorio (antes de ser exigidos), igualmente observen un comportamiento ajustado a la dignidad de personas que también tienen quienes aquí laboran para su beneficio. En esa dignidad, somos iguales y de su actitud y comportamiento, se derivarán beneficios para todos.

  1. Cuidar su salud y la de los demás.
  2. Informar en forma oportuna, clara, veraz y completa las circunstancias relacionadas con su estado de salud y los hechos o situaciones causantes de su deterioro, las circunstancias administrativas relativas a la seguridad social y todas las necesarias para que la Institución pueda brindarle el cuidado idóneo.
  3. Comprometerse con el consentimiento informado.
  4. Expresar por escrito su voluntad de no aceptar algún tratamiento o procedimiento.
  5. Designar, cuando esté en condiciones de hacerlo y si así lo desea, el tercero en el que subroga la obtención de su consentimiento informado.
  6. Facilitar el cumplimiento de las normas legales y éticas.
  • Cuidar y hacer uso racional de los recursos, instalaciones, dotación, servicios y prestaciones sociales y laborales.
  • Colaborar con el cumplimiento de normas, reglamentos e instrucciones de la Institución y del equipo de trabajo.
  • Solicitar el cumplimiento de sus derechos, en equilibrio justo con los derechos de los demás.
  • Respetar la intimidad de los demás pacientes.
  • Tratar con respeto y dignidad a las personas que lo atienden, a los demás pacientes y a los familiares y allegados.
  • Pagar oportunamente y/o facilitar el pago de los servicios recibidos
  • Canalizar por el conducto regular sus quejas, reclamos y sugerencias.
  • Informar oportunamente de hechos dolosos que perciba durante su permanencia en el Laboratorio y colaborar con los administradores y autoridades competentes para subsanarlos.

Con la observancia de los derechos y deberes por todos los involucrados en el servicio de nuestra Institución, estamos facilitando una mejor atención, relación y tranquilidad, para beneficio de todos.